Un defensor de la libertad de expresión fue agredido en pleno Parlamento; las leyes mordaza se multiplican
Organización:
El presidente Hugo Chávez debe condenar públicamente la agresión de la que fue víctima Carlos Correa, director de la ONG Espacio Público, el 16 de diciembre de 2010 en el recinto de la Asamblea Nacional. Este acto de violencia ocurre en medio de una campaña de descrédito emprendida por el poder ejecutivo contra los defensores de las libertades públicas fundamentales y los derechos humanos. Las legislaciones represivas se multiplican, ya que el ejecutivo tiene todavía entre sus manos, hasta el 5 de enero de 2011, una mayoría parlamentaria.
En nombre de la Alianza para la Libertad de Expresión, que aglutina diversas ONG, entre ellas nuestra colega IPYS Venezuela, Carlos Correa había asistido para presentar argumentos contra las nuevas versiones de las leyes de responsabilidad social en radio, televisión y medios de comunicación electrónicos (Resortemec) y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (Lotel), que refuerzan las modalidades de control y censura de los medios de comunicación. Estas dos legislaciones fueron adoptadas en primera lectura el 15 de diciembre, abandonando el proyecto de punto de acceso único a la Internet contenido en los textos iniciales.
Fue bajo la mirada pasiva de los oficiales de seguridad del Parlamento que Carlos Correa fue golpeado, le lanzaron un objeto en plena cara, y recibió amenazas de muerte, mientras conversaba con los medios de comunicación sobre el sentido de sus gestiones. Sufre una inflamación en la cara. La abogada de Espacio Público, Mariana Belalba, tuvo que borrar las fotos que tomó con su cámara en el momento de la agresión. Ésta, coincidió con el voto, en primera lectura, de la Ley para la Protección de la Soberanía Política. Este otro "paquete” legislativo, relativo a la cooperación internacional, intenta imponer un verdadero control del Estado sobre la actividad de las ONG venezolanas y extranjeras representadas en el país.
La Alianza para la Libertad de Expresión ofrecerá una rueda de prensa el 20 de diciembre. Reponsabilizaremos a las autoridades por la integridad física de los participantes, vergonsozamente señalados por el poder como enemigos del Estado.
Foto: Mercedes de Freitas
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13.12.10 - Refuerzo y extensión a la Internet de la Ley de Responsabilidad Social de los medios de comunicación sin una base jurídica seria
Presentada en el Parlamento el 9 de diciembre de 2010, la reforma de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (ley Resorte) debe ser adoptada esta semana a solicitud expresa de la presidencia. El texto de esta reforma prevé particularmente el refuerzo del conjunto de sanciones previstas en la versión inicial de la ley Resorte y su extensión a la Internet.
Como sucedió con la Ley sobre Cooperación Internacional, se solicitó al Parlamento responder urgentemente bajo la orden del presidente Hugo Chávez. La nueva asamblea que incluirá a los partidos de oposición y que será investida el 5 de enero de 2011, ofrecería un debate más equilibrado sobre cuestiones tan cruciales. ¿Es porque la presidencia sabe que aún cuenta con la mayoría, que quiere a cualquier precio hacer votar estas legislaciones antes de Navidad? Hay razones para pensarlo y este procedimiento menosprecia la lección del sufragio del 26 de septiembre pasado.
La ley Resorte en su versión inicial ya constituía una verdadera causa de autocensura para los medios de comunicación, describiendo infracciones demasiado generales bajo una forma ambigua y sujeta a cualquier interpretación. La nueva versión del texto agrava este defecto hasta la caricatura. Así, la nueva ley Resorte prohíbe la difusión televisiva, radiofónica y vía Internet de mensajes que “pudieran inducir al magnicidio" o que “puedan constituir manipulaciones mediáticas dirigidas a fomentar zozobra en la ciudadanía o alterar el orden público”. También se hace referencia a mensajes que “pudieran ser contrarios a la seguridad de la Nación” o aquellos destinados a “desconocer a las autoridades legítimamente constituidas”. Tal grado de imprecisión carece de toda base jurídica seria.
Además, el régimen de sanciones instaurado con esta reforma legislativa se endurece respecto a la versión precedente. Una multa equivalente a 10 % de los ingresos brutos anuales de la empresa televisiva, radiofónica o del proveedor de acceso a la Internet –incluso una suspensión de 72 horas continuas y la suspensión definitiva si se reincide– será infligida por las dos primeras infracciones mencionadas (supuesta incitación “al magnicidio” o presuntas “manipulaciones mediáticas”). La multa se elevará de 1% a 2% del ingreso bruto anual si el medio o servicio de Internet se niega, entre otros, a transmitir el himno nacional. La sanción se limitaba hasta ahora en este último caso a la cesión del espacio para la difusión de mensajes de carácter educativo o cultural.
Por otra parte, de 3% a 4 % del ingreso bruto anual deberá ser pagado si la televisora, la radiodifusora o el medio de comunicación en línea no respetan los horarios definidos para ciertos mensajes o contenidos considerados violentos. La categoría “todo público” contemplaba hasta ahora el horario comprendido entre las 7 de la mañana y las 7 de la noche. En lo sucesivo, ésta se aplicará a un horario de 6 de la mañana a 9 de la noche. Asimismo, el horario llamado “supervisado” comenzará a las 9 de la noche y se prolongará hasta media noche.
Más allá del argumento oficial –en sí loable– de la protección de la infancia, parece imposible aplicar a la Internet estas restricciones horarias, claramente excesivas para lo audiovisual. Sin embargo, el artículo 212 de la reforma de la ley Resorte dispone que “el Estado creará un punto de interconexión o punto de acceso a la red de los proveedores de servicios de Internet en Venezuela con la finalidad de manejar el tráfico con origen y destino en Venezuela, con el objeto de utilizar de manera más eficiente las redes del país dado el carácter estratégico del sector". Este “punto de acceso”, ¿marca el inicio de un monopolio del Estado sobre el acceso y la regulación de la Internet? Los proveedores de acceso tendrían, desde entonces, la obligación de proporcionar información sobre las acciones sujetas a las regulaciones. Dicho de otra manera, un dispositivo como este abriría camino a una filtración en la red en detrimento de la libertad de información en línea.
Las intenciones de una reforma como esta son aún más dudosas puesto que el presidente Hugo Chávez se prepara para solicitar a la Asamblea, este 13 de diciembre, el poder de gobernar por decreto sin pasar por la vía parlamentaria, debido a la crisis humanitaria provocada por las recientes lluvias torrenciales. Esta derogación al funcionamiento normal de las instituciones debe aplicarse estrictamente en este contexto de crisis y finalizar en el momento de la investidura de la nueva Asamblea, quien desde entonces, retomaría el examen de las nuevas legislaciones. En caso contrario constituiría una violación flagrante de la separación de poderes.
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20.01.2016