Reporteros sin Fronteras ha escrito al Josep Bargallo, para que someta al Parlamento algunas enmiendas a la Ley catalana del Audiovisual. Reporteros sin Fronteras quiere hacerle llegar su profunda inquietud por lo que refiere a dicha Ley.
El 29 de diciembre de 2005, el Parlamento catalán aprobó una Ley del Audiovisual que permite regular el contenido de los medios de comunicación. El texto atribuye al Consejo del Audiovisual de Cataluña un poder de sanción abusivo, y contrario a la libertad de expresión.
Reporteros sin Fronteras ha escrito al Primer Consejero del gobierno de la Comunidad Autónoma de Cataluña, Josep Bargallo, para que someta al Parlamento algunas enmiendas a dicha ley.
Honorable Primer Consejero,
Reporteros sin Fronteras, organización internacional de defensa de la libertad de prensa, quiere hacerle llegar su profunda inquietud por lo que refiere a la Ley del Audiovisual, aprobada por el Parlamento Catalán el 29 de diciembre de 2005.
Conscientes de que Cataluña necesita dotarse de una ley de regulación de los medios de comunicación, nos parece que algunas de las disposiciones del texto podrían ser particularmente peligrosas para la libertad de prensa, e incluso liberticidas.
Los artículos 80.f, 111, 113, 116, 128.c-2, 132.e y 140.1 de esta ley autonómica permiten al Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) sancionar a los medios de comunicación con fuertes multas, que van de los 90.000 a los 300.000 euros, y ordenar su cierre retirándoles las licencias territoriales. Según esos mismos artículos, los medios de comunicación deben respetar “principio de veracidad en la difusión de la información, resultado de una comprobación de los hechos”, y no deben “obstruir la actividad inspectora del Govern”.
Y así, la ley atribuye al Consejo del Audiovisual, cuyos miembros son nombrados por una mayoria de dos tercios del Parlamento catalán y a propuesta de un minimo de tres grupos parlamentarios, poderes sancionadores tan amplios como los de una autoridad judicial. La “veracidad de las informaciones” es una formulación que permite interpretaciones restrictivas y abusivas. Esas disposiciones entran en flagrante contradicción con la legislación europea en vigor, mucho más favorable al principio de la libertad de expresión.
Por ello, Señor Primer Consejero le pedimos que se sometan a los grupos parlamentarios, para las correspondientes enmiendas, los citados artículos de la Ley catalana del Audiovisual, de forma que resulte de conformidad con la normativa europea en vigor.
Confiando en el interés que prestará a esta petición le ruego, Señor Primer Consejero, que acepte la expresión de mi mayor consideración.
Robert Ménard,
Secretario general