El Tribunal Supremo confirma la condena a un diario

El Tribunal Supremo rechazó, el 24 de junio de 2004, el recurso de casación presentado por José Luis Gutiérrez, ex director de Diario 16, un periódico que ya no se publica, y la periodista Rosa María López, condenados por ofensas al anterior rey de Marruecos, Hassan II. "Esta decisión va en contra de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que considera con razón que los jefes de Estado extranjeros no deben disfrutar de una protección excesiva en un sistema democrático", ha declarado Reporteros sin Fronteras. "En el momento en que finalmente Francia se ha decidido a abolir el delito de ofensas a un jefe de Estado extranjero, que le valió una condena del CEDH, esta sentencia nos parece particularmente retrógrada para la libertad de prensa en España. Y resulta aun más desfavorable para la libertad de informar porque los jueces han reconocido la veracidad de las informaciones aparecidas en el periódico", ha añadido la organización. A los periodistas les denunciaron por un artículo, publicado el 18 de diciembre de 1995, sobre el descubrimiento, en el puerto de Algeciras, de cinco toneladas de haschich, en un camión de la sociedad Dominios Reales, propiedad de la familia real de Marruecos. La justicia ha reconocido la veracidad de las informaciones aparecidas en el diario, pero estima que el titular del artículo, "La empresa familiar de Hassan II implicada en un tráfico de droga", atentó contra el honor, la intimidad y la imagen del rey de Marruecos. José Luis Gutiérrez y Rosa María López fueron condenados, en 1997 y 1999, a publicar la sentencia y a pagar daños y perjuicios, por una cantidad que todavía no se ha establecido. Reporteros sin Fronteras recuerda que el 25 de junio de 2002 el CEDH condenó a Francia por violación del artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativa a la libertad de expresión y el derecho a informar. El diario Le Monde acudió al Tribunal de Estrasburgo después de que, en marzo de 1997, el tribunal de apelación de París primero, y luego el tribunal de casación, le condenaran por "ofensas" al rey de Marruecos, en virtud del artículo 36 de la ley de prensa de 1881, sobre ofensas a un jefe de Estado extranjero. Ese artículo quedó abolido el 11 de febrero de 2004, en el marco de la ley llamada "Perben II"
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Updated on 20.01.2016