El Tribunal Supremo confirma la condena a un diario
Organización:
El Tribunal Supremo rechazó, el 24 de junio de 2004,
el recurso de casación presentado por José Luis
Gutiérrez, ex director de Diario 16, un periódico
que ya no se publica, y la periodista Rosa María
López, condenados por ofensas al anterior rey de
Marruecos, Hassan II.
"Esta decisión va en contra de la jurisprudencia del
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que
considera con razón que los jefes de Estado
extranjeros no deben disfrutar de una protección
excesiva en un sistema democrático", ha declarado
Reporteros sin Fronteras.
"En el momento en que finalmente Francia se ha
decidido a abolir el delito de ofensas a un jefe de
Estado extranjero, que le valió una condena del CEDH,
esta sentencia nos parece particularmente retrógrada
para la libertad de prensa en España. Y resulta aun
más desfavorable para la libertad de informar porque
los jueces han reconocido la veracidad de las
informaciones aparecidas en el periódico", ha añadido
la organización.
A los periodistas les denunciaron por un artículo,
publicado el 18 de diciembre de 1995, sobre el
descubrimiento, en el puerto de Algeciras, de cinco
toneladas de haschich, en un camión de la sociedad
Dominios Reales, propiedad de la familia real de
Marruecos.
La justicia ha reconocido la veracidad de las
informaciones aparecidas en el diario, pero estima que
el titular del artículo, "La empresa familiar de
Hassan II implicada en un tráfico de droga", atentó
contra el honor, la intimidad y la imagen del rey de
Marruecos.
José Luis Gutiérrez y Rosa María López fueron
condenados, en 1997 y 1999, a publicar la sentencia y
a pagar daños y perjuicios, por una cantidad que
todavía no se ha establecido.
Reporteros sin Fronteras recuerda que el 25 de junio
de 2002 el CEDH condenó a Francia por violación del
artículo 10 de la Convención Europea de Derechos
Humanos, relativa a la libertad de expresión y el
derecho a informar. El diario Le Monde acudió al
Tribunal de Estrasburgo después de que, en marzo de
1997, el tribunal de apelación de París primero, y
luego el tribunal de casación, le condenaran por
"ofensas" al rey de Marruecos, en virtud del artículo
36 de la ley de prensa de 1881, sobre ofensas a un
jefe de Estado extranjero.
Ese artículo quedó abolido el 11 de febrero de 2004,
en el marco de la ley llamada "Perben II"
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Updated on
20.01.2016