Absolución y alivio
Organización:
Reporteros sin Fronteras manifiesta su satisfacción por la absolución, el pasado lunes, de cinco responsables del diario Euskaldunon Egunkaria.
En 2003 fueron acusados de pertenecer a ETA y poner el periódico, editado en lengua vasca, al servicio del grupo terrorista. Por decisión del juez Juan del Olmo el diario se cerró el 20 de febrero de 2003.
En el transcurso de estos últimos años Reporteros sin Fronteras había manifestado su consternación y descontento, a propósito del cierre y de las acusaciones formuladas de relación con actuaciones terroristas. A la organización le resultaba inaceptable que, en un país perteneciente a la Unión Europea, se cerrara un periódico durante siete años sin que se hubiera dictado antes sentencia alguna. Reporteros sin Fronteras esperaba con impaciencia que se produjera esta absolución ya que, en múltiples ocasiones, la organización había pedido al juez encargado del caso que se pronunciara por la puesta en libertad, y autorizara la reapertura inmediata de Egunkaria.
Siete años después del cierre del diario y la detención de sus responsables no se ha podido demostrar que existiera ninguna relación con el grupo ETA. La sentencia dictada este lunes es pues justa, aunque llega con siete años de retraso.
Javier Gomez Bermudez, jues de la Audiencia Nacional, la más alta autoridad judicial del país, ha declarado que la decisión adoptada en febrero de 2003 «no tenía fundamento constitucional directo y no fue autorizada por ninguna disposición jurídica especial». Ha recordado que es cierto que la Constitución española de 1978 permite la suspensión del derecho a la libertad de información y expresión en casos de Estados de urgencia o sitio (art. 55.1), pero no en los casos de terrorismo (art. 55.2).
Aunque los medios de comunicación se felicitan por el desenlace del caso, las organizaciones españolas de periodistas piden a las autoridades que reparen los daños causados por el cierre de Egunkaria. Por su parte, Reporteros sin Fronteras, pide a las autoridades que no apelen la sentencia.
Publié le
Updated on
20.01.2016