Reporteros sin Fronteras denuncia el proyecto de Ley de Economía Digital, aprobado en la Asamblea Nacional el 8 de enero
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La Asamblea Nacional aprobó en segunda lectura, el 8 de enero de 2004, el proyecto de Ley de Economía Digital (LEN), presentado por la Ministro de Industria, Nicole Fontaine. El texto plantea varios problemas. Para empezar, erige a los portales en auténticos censores del Net, pidiendo a las empresas privadas que sustituyan a los jueces en la apreciación de la legalidad de los contenidos en línea. Después, el nuevo texto suprime la noción de "correspondencia privada" en la definición del correo electrónico, lo que podría tener graves consecuencias en el respeto a la confidencialidad de las comunicaciones por e-mail.
Reporteros sin Fronteras pide a los senadores, que van a reexaminar el proyecto, que retiren de la LEN los artículos relativos a la responsabilidad de los portales, así como que reintroduzcan la noción de correspondencia privada en la definición del correo electrónico. "El proyecto de Ley de Economía Digital es un texto leonera, sin coherencia, y que resulta oscuro incluso para los profesionales de Internet", ha declarado Robert Ménard, secretario general de la organización. "Entre el magma de los artículos votados por los diputados se encuentran algunas medidas muy inquietantes para la libertad de expresión en Internet. Somos favorables a una regulación de la Red, pero pensamos que esta ley es liberticida y no favorecerá el desarrollo de Internet", ha añadido.
El artículo 2 de la LEN, que afecta a la responsabilidad de los prestatarios técnicos de Internet, resulta particularmente inquietante. La LEN establece que los prestatarios técnicos serán responsables del contenido publicado en las páginas web que acogen. Esta responsabilidad de derecho común podrá verse comprometida si el portal no "actúa con prontitud" para bloquear los contenidos, tras "haber tenido conocimiento efectivo de su carácter ilícito".
Pero ¿cómo va a poder juzgar el carácter ilícito del contenido un prestatario técnico? En Francia, solo los jueces están facultados para efectuar ese trabajo. Ahora los internautas van a poder pedir la retirada inmediata de un contenido que consideren contrario a la ley. Es probable que los portales, que denuncian esta ley, se vean impulsados a censurar cualquier contenido susceptible de ser ilícito, por temor a que les exijan una responsabilidad penal (están previstas penas que van hasta un año de cárcel y 75.000 euros de multas, para el dirigente jurídico de la empresa). Los defensores de la LEN afirman que esa responsabilidad de los portales está protegida por un delito de denuncia abusiva, castigado con un año de cárcel y 15.000 euros de multa, también recogido en la ley. Sin embargo, la justicia la ejercerán efectivamente algunas empresas privadas, que no son competentes para decidir sobre cuestiones de derecho.
La supresión de la noción de "correspondencia privada" en la definición del correo electrónico también plantea problemas. Reporteros sin Fronteras reconoce que es necesaria una legislación relativa a la circulación de los e-mails, entre otras cosas para luchar contra los correos electrónicos no deseados (spam). Sin embargo, la enmienda Ollier, que pura y simplemente suprime la mención de "correspondencia privada", adopta una solución radical que podría atentar contra la confidencialidad de las comunicaciones electrónicas. Pretendiendo luchar contra los intercambios de ficheros "piratas" (música, películas), la ley retira un parapeto importante para la vigilancia de las comunicaciones por e-mails. Según el diputado socialista Patrick Bloche, "se ha abierto la caja de Pandora" y "no estoy seguro de que se gane la lucha contra la piratería".
Una última enmienda, aprobada por los diputados, también llamará la atención de los juristas. El derecho de Internet, que hasta ahora estaba asimilado al de la comunicación audiovisual (leyes del 30 de septiembre de 1986 sobre la libertad de comunicación, y del 29 de julio de 1982 sobre la comunicación audiovisual), se va a convertir en un derecho autónomo. El relator del proyecto de Ley, Jean Dionis du Séjour, indica que se trataba de establecer la diferencia entre "un universo de millones de productores de información diseminados, y un puñado muy capitalístico de profesionales de la imagen y el sonido". Conviene aplaudir el fondo de esta iniciativa. Sin embargo, dar a Internet un derecho autónomo, mientras que la jurisprudencia en el terreno todavía es balbuciente, podría entrañar consecuencias jurídicas complejas, que incluso los especialistas tienen dificultades para precisar. Se va a sacar a Internet del derecho del audiovisual y liberarlo así de cualquier control por parte del Consejo Superior del Audiovisual (CSA), lo que es algo positivo. En cambio, los responsables de los sitios de Internet ahora van a ser juzgados según el derecho común lo que, en algunos casos, les puede resultar perjudicial. Por ejemplo, el plazo para un delito de ofensas es de 3 meses en el audiovisual y de 3 años en el derecho común: ¿cuál de ambas duraciones elegirán los jueces, en el caso de publicaciones de Internet?
El proyecto de ley, que fue examinado en la Asamblea Nacional en segunda lectura, ahora debe tramitarse en el Senado. Posteriormente, si ambas cámaras lo aprueban, deberá ser aprobado por el Consejo Constitucional que, en 2000, ya se pronunció desfavorablemente sobre una ley propuesta por el gobierno socialista, que preveía un modelo idéntico de responsabilidad para los portales. Es de esperar que el Consejo Constitucional también se oponga a la LEN, presentada por Nicole Fontaine, si no toma ella misma la iniciativa de hacer enmendar el texto.
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20.01.2016