Adoptan de forma definitiva la reforma a la Ley de Delitos Informáticos

El 22 de abril de 2013 la reforma a la Ley de Delitos Informáticos fue aprobada en segunda lectura por la gran mayoría de los diputados (42 votos a favor, 2 en contra). Las líneas principales de la reforma a la ley –que se espera sea promulgada por el Ejecutivo– permanecen intactas respecto a su examen en primera lectura. Reporteros sin Fronteras lamenta que los diputados no hayan ido más lejos en el debate de la segunda lectura, modificando más que antes la nueva disposición del texto que castiga con una pena de uno a seis años de cárcel la revelación de ‘Secretos de Estado relativos a la seguridad interna o externa de la Nación, la defensa de la soberanía nacional o las relaciones exteriores de la República’. Esta cláusula deja abierta la posibilidad de que se presenten recursos legales. Costa Rica se ubica a la cabeza de los países de América Latina en la última Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa creada por Reporteros sin Fronteras. Ocupa el lugar 18 de entre un total de 179 países. ___________________ 11.04.13 - “Revisada en el Congreso, la Ley de Delitos Informáticos aún debe ser enmendada" Reporteros sin Fronteras celebra las reformas a la polémica Ley de Delitos Informáticos aprobadas por los diputados, en primera lectura, el 9 de abril de 2013. La modificación del texto –que en su versión inicial fue muy criticado por los periodistas– suprime el artículo relativo a la difusión de “información política secreta”, que contemplaba penas que iban de cuatro a ocho años de prisión. No obstante, la organización incita a los parlamentarios a ir más lejos en el debate de la segunda lectura, previsto para los próximos días, antes de la promulgación de la ley. “Aún consideramos problemática la nueva disposición del texto que castiga con una pena de uno a seis años de cárcel la revelación de ‘Secretos de Estado relativos a la seguridad interna o externa de la Nación, la defensa de la soberanía nacional o las relaciones exteriores de la República’. ¿Puede reprocharse a un periodista o a un bloguero divulgar información de interés público –aunque sea delicada– que le fue transmitida? ¿Podemos castigarlo por revelar elementos de discusiones diplomáticas cuyo contenido es de interés para los ciudadanos? La nueva disposición de la ley nos parece insatisfactoria porque es imprecisa. Merece a su vez ser enmendada en segunda lectura para que garantice el principio de libertad de información”, declaró Reporteros sin Fronteras. ________________ 28.11.12 - Suspenden temporalmente la aplicación de polémico artículo de la Ley de Delitos Informáticos Después de que el periodista Randall Rivera presentara una acción legal por inconstitucionalidad contra la Ley de Delitos Informáticos, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica suspendió temporalmente la aplicación de ciertas disposiciones del controvertido texto, en particular del artículo 288, que prevé penas de cuatro a ocho años de prisión para quien difunda “información política secreta”. Aunque permanece vigilante, Reporteros sin Fronteras celebra que se haya congelado esta “ley mordaza”, al menos de forma provisional. “La Corte Suprema garantiza que ningún ciudadano sea condenado por disposiciones que atenten contra la libertad de información, mientras examina la constitucionalidad de la ley. En adelante, el Congreso está a cargo de importantes reajustes del texto encaminados a una clara flexibilidad, que esperamos se adopten lo antes posible”, declaró la organización. --------------------- 09.11.12 - Gobierno promete no aplicar a los periodistas la ley sobre los delitos informáticos El revuelo que causó la promulgación del 6 de noviembre de 2012 de la muy controvertida ley acerca de los delitos informáticos (“Ley Mordaza”), obligó al gobierno costarricense a desdecirse en medio del escándalo. El poder ejecutivo se comprometió a no aplicar a los periodistas esta ley que permite condenar hasta con diez años de cárcel a aquellos que difundan “informaciones políticas secretas”. Pero más allá de restringirse a cuestiones de seguridad nacional, divulgar informaciones sobre “secretos políticos, (…) cuerpos de policía, (…) o el crimen organizado” puede también conducir a sanciones penales. El gobierno por su parte, se comprometió en un comunicado publicado la noche anterior a la promulgación, entre otras, a enmendar el artículo 288 en donde se sanciona con entre cuatro y ocho años de cárcel a quien “procure u obtenga indebidamente informaciones secretas políticas”. En este mismo documento el gobierno se justifica recordando que la constitución de Costa Rica lo obliga a promulgar las leyes en un lapso de tiempo determinado cuando éstas hayan sido adoptadas definitivamente por la Asamblea Legislativa. “E incluso valiéndose de un argumento constitucional, la promulgación de una ley tan peligrosa y legítimamente denunciada por todo el gremio no deja de ser sorprendente. El debate público sobre el fondo de este asunto hubiera tenido que acompañar la reflexión de los parlamentarios para ellos delimitaran una noción tan amplia como ‘informaciones secretas políticas’, ya que muchas de ellas son justamente, de interés público. Una legislación tan opuesta a las garantías que ofrece la constitución en materia de libertad de expresión y de información hubiera debido originar un veto presidencial”, declaró Reporteros sin Fronteras. “El gobierno tendrá que cumplir su palabra mientras se reforma dicha ley y se excluyen las cláusulas más represivas. Sin embargo esta promesa no debe ser únicamente aplicada a los periodistas titulares de algún título académico o los empleados de los medios de comunicación sino debe atañer a todo ciudadano, bloguero o autor que desee buscar y producir información. En palabras nadie debiera tener miedo de esta ley”, concluyó la organización. (Foto exterior: EFE)
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Updated on 20.01.2016