El voto de La Cámara de Representantes sobre la ley federal escudo para la protección de fuentes secretas es bienvenida

Reporteros sin Fronteras acoge la decisión de la Cámara de Representantes de aprobar masivamente, el 16 de octubre de 2007, a favor de la proposición de ley sobre la libre circulación de la información ("Free Flow of Information Act"), que protejería a los periodistas de verse obligados a revelar sus fuentes de información secretas en cortes federales. La organización está preocupada sobre las amenazas de un veto presidencial que se ha asomado después del 16 de octubre. El voto de los representantes constituye un paso importante porque termina con un statu quo absurdo. "¿Cómo se puede justificar durante más tiempo que las legislaciones de 32 Estados de la Unión, y el Distrito de Columbia, reconozcan a la prensa el derecho, aunque relativo, de la protección de las fuentes, y no lo haga la legislación federal? Esa situación insostenible ha hecho posible que, con la excusa de "atentado a la seguridad nacional", se haya encarcelado abusivamente a periodistas que se negaron a entregar a jueces federales los nombres de sus informadores y el material, incluso aunque su trabajo no tuviera nada que ver con ella. Lamentamos, sin embargo, las numerosas concesiones que se han hecho, en el texto votado el 16 de octubre, a un gobierno federal que ha hecho retroceder las libertades públicas y que ya amenaza con oponer su veto a la ley. La propuesta de la ley, conocida como "ley escudo" fue aprobada por la Cámara de Representantes 398 a 21 votos el 16 de octubre después de haber sido aprobada por el comité judicial el primero de Agosto. Una version diferente fue adoptada por el comité judicial del senado el 4 de octubre. La versión de la Cámara de Representantes garantiza "privilegio absoluto" sobre la protección de las fuentes de información, pero con algunas excepciones: - en el marco de una investigación criminal siempre que haya motivos para pensar que "el testimonio o el documento buscado es crucial para la investigación, para la acusación o para la defensa contra la acusación, o para poder llevar bien el caso" ; - "la revelación de la identidad de la fuente es necesaria para la prevención de un acto de terrorismo contra Estados Unidos o sus aliados", o en caso de "atentado significativo y consecuente para la seguridad nacional" ; - "para prevenir un crimen o un atentado serio a personas" ; - "para identificar a una persona que haya traicionado un acuerdo comercial" o "que posea información relativa a la salud pública" ; - En el caso "en que el interés público en la revelación de una fuente o de un documento prime sobre el interés público en recoger o difundir informaciones, la noción de "interés público" se convierte en un auténtico problema. Siempre según el texto aprobado por la Cámara, el privilegio del secreto de las fuentes se aplica únicamente a personas cuya información "constituye la parte esencial de su actividad y de sus rentas", lo que excluye a los bloggers aficionados y a los estudiantes de periodismo, y lleva a una definición restrictiva de la profesión. La protección de las fuentes no vale ante la justicia federal para: - los representantes o agentes de una autoridad extranjera ; - las organizaciones consideradas terroristas, ya sean extranjeras o locales. La versión del Senado, avalada por su comité judicial, contiene ya una definición menos restrictiva del oficio de periodista y, a priori, se aplica a todos cuantos están "comprometidos en una actividad periodística" sin que necesariamente tengan que obtener un beneficio económico de ella. Sin embargo, la ley otorga un privilegio cualificado más no absoluto y proveé la proteción sólo en caso de ser citados por información relacionada a las fuentes confidenciales. La versión de la ley de la Cámara de Representantes toma en cuenta cualquier tipo de citación.
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Updated on 20.01.2016